Como selecionar la empresa de rehabilitación

By octubre 23, 2019 Noticias No Comments

La acreditación técnica y profesional, junto a la solvencia económica y financiera, deben ser los puntos de partida en el proceso de selección.

Ese fundamental antes de seleccionar una empresa rehabilitadora:

La escritura de constitución de la empresa, desde su inicio, aparezca clara que su objeto  social es la actividad de construcción, reparación y conservación de edificios.En este sentido, nos aseguramos la real experiencia en rehabilitación ,desde la fundación de la empresa.Si se hubiese modificado el objeto de su actividad con posterioridad a su construcción, habría que recalcular  sus años de experiencia en el sector desde de la modificación, ampliación o sustitución de su actividad.

La empresa debe aportar la certificación acreditativa de estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditativas.Esta garantiza que cumple los requisitos de capacidad y calidad de prevención del riesgos laborables.Además , sería una empresa más fiable si estuviera inscrita en el Registro Oficial de Contratistas, ya que para estar inscrito ha tenido que acreditar su solvencia empresarial y su capacitación profesional, reuniendo los requisitos de capacidad  y de calidad precisos para participar en aquellas contrataciones relacionadas con su actividad de Rehabilitación de edificios.

La empresa debería tener un compromiso de precio con la comunidad de propietarios . Lo que garantizaría que la empresa no puede variar por su cuenta el presupuesto sin el consentimiento y la aprobación expresa de la Comunidad de propietarios, así como las calidades y especificaciones técnicas del presupuesto aprobado por los vecinos del edificio. Este presupuesto tiene siempre que incluir los gastos generales y el beneficio industrial necesarios para llevar a cabo la obra.

La documentación aportada por la empresa debe especificarse el organigrama de la obra a nivel técnico ( jefe de obra, encargado, operarios de producción y operarios de subcontratas.

Es importante que la empresa tenga al menos un arquitecto y un aparejador en su plantilla,  para garantizar su capacitación técnica.

La comunidad de propietarios debe exigir a la empresa ,que esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, presentando los correspondientes certificados de solvencia. Estos certificados, deben exigirse  antes de la firma del contrato de ejecución de obra. Además tiene que explicarse el compromiso de ejecutar la obra en un plazo determinado, aceptándose penalizaciones económicos  si no se cumple el plazo acordado por causas imputables a la empresa.

Se debe exigir a la empresa ,que posea un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños y perjuicios  que se puedan producir durante la obra. Es recomendable, que dicho seguro cubra Responsabilidad Civil Explotación, Responsabilidad Civil Patronal y Responsabilidad Civil Post-Trabajos con cobertura por siniestro de 1.000.000 euros. en vigor y a disposición en todo momento de la Comunidad de propietarios, que se puedan derivar por los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de la ejecución de las obras.

Exigir a la empresa una garantía de la obra por escrito en contrato la ejecución de las obras.

La comunidad no debe pagar ni un euro a la firma del contrato con la empresa, los pagos se deben hacer desde el inicio de la obra, con el montaje del andamio o acopio de materiales. Existiría una excepción, que la ejecución de la obra suponga la fabricación especifica de productos, por ejemplo unas ventanas, miradores,…..

Parte de información recogida del periódico Deia