El titular registral debe ser siempre demandado.
El fundamento de derecho trascrito y la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de Abril aclaran las relaciones entre el apartado i del articulo 9 y el articulo 21.4 de la LPH en los siguientes terminos:
–El obligado al pago de los gastos de comunidad es el propietario de la vivienda- apartado e del articulo 9.
-El anterior propietario responde solidariamente de las deudas del nuevo propietario cuando incumpla la obligación de comunicar la transmisión y siempre que la misma no sea conocida por los órganos de la comunidad de propietarios-apartado i del articulo 9.
–El titular registral debe ser siempre demandado por el mero hecho de serlo, con independencia de que esté o no obligado solidariamente al pago de la deuda, y ello para permitir la ejecución judicial del crédito.Dicho de otra forma, no es necesario que el titular registral sea responsable solidario para poder ser demandado-apartado 4 del articulo 21